sábado, 24 de julio de 2021

Pleno municipal extraordinario¨(19 de julio 2021). Veïns per Sant Feliu

 Los puntos de debate y aprobación fueron:

1º) Adecuación de una plaza de persona eventual.

2º) Aprobar el reconocimiento extrajudicial de facturas.

3º) Encargo de gestión del  Servicio de Ayuda Domiciliaria (SAD) a la fundación S21. 

Intervención y posición de Veïns sobre el Servicio de Ayuda Domiciliaria. (SAD)

Algunos antecedentes.

En elmes de octubre de 2019,a iniciativa del equipo de gobierno, todos los grupos municipales apoyamos la moción presentada por la Sra. Alcaldesa sobre “las condiciones de precariedad del Servicio de Atención Domiciliaria” (SAD).

Esta fue la moción presentada.

A propuesta de grupos de la oposición se creó una Comisión Política para analizar el servicio, en la que el equipo de gobierno se  contradijo de sus informaciones y criterios.El Pliego de Condiciones Técnicas  se estaba cumpliendo en todos sus apartados y para mayor concreción invitó a los representantes de la empresa adjudicataria para que nos explicaran con detalle los cumplimientos: los programas se venían  realizando con total acuerdo del Ayuntamiento, no existían reclamaciones por parte de las trabajadoras y habían firmado el convenio colectivo sin el menor conflicto con  un incremento salarial  del 8% para el  año 2021 -2022.

 Comisión de alternativas de la gestión pública.

Como criterio “novedoso y trasformador” de la gestión municipal el equipo de gobierno  daba cuenta de la voluntad de  encargar un estudio sobre servicios externalizados para analizar la viabilidad  de la gestión directa municipal.

En el pleno de septiembre 2019, el equipo de gobierno presentó una moción con  estos puntos  de acuerdo:

1º) Crear una Comisión Técnica designada por la alcaldía.

2º) Informar de los resultados al consistorio en el periodo máximo de seis meses.

Esta fue la moción presentada.

La Comisión fue creada por decreto de la Sra. Alcaldesa el 12 de septiembre de 2019. Se reunió el 18 de octubre y 6 de noviembre de 2019 y el 27 de febrero. Concretaron estudiar las Escoles Bressol, la deixalleria y la zona blava, (zona azul). Tan solo conocemos el estudio de la Escola Bressol Ginesta, (escola municipal de gestión externa) en la que  el coste  externalizado resulta un 32% más económico que el resto de Escoles Bresol municipales.

Informe.

                             Ginesta              Convenio Centros             Ayuntamiento

Directora            24.300€,             21.000€                        39.000€

Educadora.        19.600€                    15.700€                                27.000€

Analizando salarios, horas de trabajo efectivas/año,mejoras sociales…el coste total entre Ginesta (gestión indirecta) y resto de Ayuntamiento (gestión directa) tiene una diferencia del 32% la actual forma de gestión directa. 

Como podemos contrastar el análisis del servicio del SAD, no fue estudiado.

Hay que hacer constar que el (SAD) ha sido tema de constante referencia en la Comisión Informativa, por la importancia esencial de este servicio y el  interés social que existe en los grupos municipales y que hasta el  día 2 de febrero 2021, en reunión de portavoces, no conocíamos la intención y propuesta del equipo de gobierno.Ese día  los responsables del Consorcio S21, nos dieron una explicación general de los grandes objetivos y actuaciones del Consorcio,  y por parte dela Sra. Alcaldesa la intención de que nuestro Ayuntamiento se adhiera al Consorcio.

Las ventajas prometidas por el Consorcio S21.

“Mejoras en la cuestión económica. No hay IVA, no hay beneficios, disponemos de economía de escala en las compras, gestión de personal.”

Nuestro  análisis y valoración.

Pliego: del estudiado  Pliego de Clausulas Técnicas para la Contratación del Servicio Público de Ayuda Domiciliaria, constatamos que es un proyecto muy bien elaborado,  que recoge en profundidad los contenidos sociales,  las actuaciones a realizar,  la organización del trabajo y el seguimiento y control de los servicios.

Lo que hemos puesto en cuestión en varias ocasiones es que se realice el control y seguimiento adecuado por el equipo de gobierno.

Resumen  de la Memoria anual 2020.

 “El 90% de las personas que trabajan en el SAD de Sant Feliu tienen un contrato de trabajo estable y las personas con trabajo eventual forman parte de la bolsa de trabajo del SAD de Sant Feliu.”

“El resumen de horas anuales trabajadas en 2020  ha sido:

 De 32.926, en Dependencia  y 8.534,09 en Social TOTAL 41.460,09.

El coste  fue   de 535.700€.en dependencia y 134.560,02€ en Social TOTAL 670.260,45€

“Todas las  solicitudes están atendidas. El tiempo de espera para acceder al servicio es de 72 horas.”

“El Resumen de altas y bajas en dependencia es de 25 altas  y 28  bajas por de función”. Resumen de altas y bajas en Social, altas 51 y bajas 14 por defunción”. 

“El  total de personas atendidas es de 281, de las que 145 tienen más de 85 años”.


De la encuesta realizada a los usuarios.

“El 2,7% su queja es que el trabajador no ha cumplido el horario puntual.”

“El 11,8%  ha presentado alguna queja en el último año”

“5 usuarios han solicitado ampliación de horas del servicio.”


De la encuesta realizada al entorno cuidador. 

“El 35,7% dicen que no cumplen el horario puntual.”

“El 54,5%  ha presentado alguna queja en el último año.” 

“El 86,67% recomendaría el servicio a otras personas.”

“De la totalidad de las 36.135 horas prestadas durante el año 2020, se han generado incidencias en 32 horas   que han motivado las quejas de las personas usuarias, el 0,09%,”

“Todas las incidencias se han resuelto en un promedio de 48 horas. Y se le ha dado solución en una semana.”

Los datos de las horas realizadas y el coste económico presentado  por la Sra.Concejala,responsable del servicio, tenemos  diferencias muy significativas. 

La memoria recoge 41.460,09 horas mientras la información recibida  tiene 36.445,34 horas.

 El coste económico es de 670.260,45€ y la información recibida  682.462,91€.  

Retomando los datos de la memoria del año 2020  el incremento para el año 2021 supondrá un incremento de 103.965,55 €. Un 15,5%.

El coste previsto para el año 2022 es de 915.448€/año el incremento sobre 2021 será de 141.222€ un 18,2 % y respecto al año 2020 de 244.188€. Un 36,4%.

Nuestra crítica consiste en que la administración ha de actuar con los principios de eficacia, eficiencia y sostenibilidad. Incrementar el coste de los servicios sin justificación  es lo fácil para cualquier equipo de gobierno si no tiene en cuenta que el coste lo pagamos todos los ciudadanos mediante el incremento de los impuestos.

 Estos datos económicos requieren una memoria económica muy detallada, primero para garantizar la credibilidad y la confianza,  segundo para que los grupos de la oposición podamos cumplir una importante tarea que es la del control riguroso del gobierno.

La memoria económica que presenta el equipo de gobierno para su aprobación,  es  genérica  y carece de cuestiones esenciales. Nuestro grupo municipal ha solicitado  sin haber recibido respuesta  los siguientes puntos:

Previsión del número de usuarios y lo que representará su  aportación económica.

Subvenciones pactadas con las Administraciones Supramunicipales.

Cobertura del Ayuntamiento en el año 2020, en el 2021 en el 2022 hasta el final de los cuatro años de contrato.  


Algunas conclusiones.

Tenemos el convencimiento, por los razonamientos que hemos expuesto que el equipo de gobierno se ha metido en un camino sin retorno  donde ha primado el intento de contentar a las trabajadoras  y romper la relación con la empresa adjudicada para  quitarse la responsabilidad directa de la gestión de este  servicio. Cuestión contradictoria porque ninguna de las dos cuestiones  se producirá.

Consideramos que el equipo de gobierno está cometiendo un grave error al contemplar tan solo una alternativa, cuando desde los grupos de la oposición  hemos  planteado propuestas que no han sido escuchadas por el equipo de gobierno, lo  que nos  lleva a que no tengamos otra opción, y por tanto,  sin pública concurrencia,  publicidad, transparencia y  objetividad. 

Nuestro voto no puede ser de la aprobación de este proyecto, porque:  

A) El servicio no está  cuestionado ni por los usuarios ni por las familias que sería un punto decisivo. Se cumplen las necesidades reglamentadas, las  expresadas o manifestadas.

B) El equipo de gobierno se ha metido y nos ha metido en un falso dilema: municipalizar servicios sin haber estudiado primero sus consecuencias.

C) El encargo no cumple los principios de la contratación en la administración,  competencia, publicidad y pública concurrencia.

D) Continuamos sin disponer de una memoria económica razonada que nos dé garantías y confianza en que nuestro voto estáfundamentado en el objetivo social a conseguir y que el coste se ajusta al principio de eficacia, eficiencia y sostenibilidad.

E) Tenemos inseguridad jurídica, la nota de los empresarios ACEDE enviada a la Alcaldesa y a los portavoces de los grupos municipales informa de los Recursos y Sentencias del Tribunal de Contratos y del Contencioso Administrativo sobre encargos en otros Ayuntamientos. Un punto que el equipo de gobierno debería haber valorado adecuadamente.

Intervención y posición sobre la contratación de una plaza eventual.

En primer lugar nuestro grupo municipal solicita, una vez más, informe sobre el Decreto de la Sra. Alcaldesa de fecha 12 de septiembre de 2019 que dio cuenta al pleno municipalpor el que creaba una Comisión Técnica para la redefinición del modelo de cargos directivosen nuestro Ayuntamiento y pasados casi dos años desconocemos la Comisión y sus recomendaciones.

La redefinición de los cargos directivos (cargos de confianza política), fue puesta en cuestión  por informe de la Interventora Municipal con motivo del nombramiento de los 6 cargos de confianza después de las elecciones municipales.

Nuestro grupo siempre ha defendido que la organización de nuestro Ayuntamiento tan solo son precisos 2 cargos de confianza política. Uno con función de  secretaría de la Alcaldía y el otro como   Gerente del Ayuntamiento.

En el caso concreto de la propuesta es “un puesto de trabajo para asesorar al gobierno municipal en la relación con la Sindicatura de Greuges para garantizar los derechos de la ciudadanía”. El encuadre orgánico es la Alcaldía. La jornada será del 32,5% en horario flexible,  con una retribución bruta a tiempo completo de 3.585,15€ por 14 mensualidades. 

Nuestro grupo no pone en cuestión la necesidad del puesto de trabajo en la Sindicatura y por tanto está de acuerdo en que precisa este  recurso personal, pero está en total desacuerdo en el método  de contratación:

1º) Porque la contratación orgánica depende de la Alcaldía.

2º) Porque  el personal de contratación eventual en ningún caso pueden realizar actividades ordinarias de gestión de carácter técnico, ni ejercer puestos de trabajo estructurales y permanentes (informe del Secretario e Interventora municipales).

Nuestro voto fue negativo por el método elegido y porque consideramos una contradicción evidente  la dependencia orgánica desde la alcaldía y su trabajo diario  que debe tener más máximas condiciones de autonomía e independencia de la organización municipal.

Si una gran parte de la ciudadanía duda de la imparcialidad de la Sindicatura en su relación con el Ayuntamiento,  esta decisión empeora la percepción por la gran labor que este organismo representa como recurso en defensa de los derechos y/o reclamaciones ante la administración municipal.

Aprobar el reconocimiento extrajudicial de facturas.

Son facturas cuyo procedimiento de contratación no ha sido debidamente correcto,  que proceden de una situación irregular,  que en muchos casos se reproducen de forma periódica o mensual y que son nulas de pleno derecho.

El Tribunal de Cuentas desde el ejercicio de 2018  obliga a  que los Ayuntamientos presenten los expedientes y que sean aprobados por el Pleno Municipal.

En nuestro Ayuntamiento esta práctica es endémica a pesar de los informes de DISCONFORMIDAD y constantes advertencias de la Interventora municipal. El equipo de gobierno nos informa que mensualmente tendremos unas  10 facturas de esta naturaleza a lo largo de todo el año.

Nuestro voto es contrario a la propuesta de aprobación del equipo de gobierno, no podemos aceptar que con los medios que existen hoy en nuestra administración nos encontremos con estos arcaicos métodos de gestión.  Como ejemplo, explicamos que una factura de 25,41€ tenga 7 informes técnicos-jurídicos, más los tramites de Comisión Informativa, Pleno…. No es de recibo que tantos medios técnicos- informáticos no estén en función de la solución de temas pequeños necesarios para el normal  funcionamiento.

Nuestro grupo municipal en función de las  facturas que persisten desde años sin que se hayan tomado decisión de corrección a pesar de las críticas desde la oposición, ha estudiado la presentación de Recurso ante los Tribunales de Justicia. El caso más significativo es el Club de Diversidad Lúdica, que desde el 12 de mayo de 2015 mensualmente se vienen aprobando la factura correspondiente siendo conocedores de la irregularidad y delante de un supuesto de nulidad  de pleno derecho en virtud del Art.47.2 d y e, de la Ley 39/2015.

La conclusión es que el Recurso se ha de presentar ante el Contencioso Administrativo, que tardará de 2 a 3 años en sentenciar y que la sentencia para la ejecución tenga que volver a recurrirse, cuando la administración tiene el medio del recurso con lo cual en el caso de ganar podemos estar hablando de 5 o de 6 años para la resolución, teniendo un  coste económico de abogado y procurador. Una vía posible de recurso pero de muy difícil resultado. 


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