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Veïns per
Sant Feliu te lo resume.
La Interventora Municipal informó
detalladamente en reunión con los
portavoces de todos los grupos municipales, del
control que ha realizado sobre la gestión de nuestro Ayuntamiento los
años 2018 y 2019.
La falta de medios humanos en su departamento
le ha obligado a recurrir a una auditoria exterior.
1.-Áreas de
juegos infantiles.
El mantenimiento no ha sido el deseado. Hay muchos de ellos
obsoletos. Hay que establecer un
Programa de sustitución gradual. En ocasiones no han funcionado las
reclamaciones ciudadanías. Una imagen
negativa de la ciudad.
Recomienda. Realización de un acta de recepción de cada
juego, reportaje fotográfico que permita verificar la degradación…
2.-Jardinería
y arbolado.
Coincidente con nuestras críticas y la valoración que hicimos de la auditoría
realizada el año pasado. Recomienda: que en la próxima contratación se establezcan mecanismos eficaces de control y seguimiento de la
contrata y los incumplimientos se ejecuten
las sanciones correspondientes.
Servicios de correspondencia.
El Pliego establece una comisión de
seguimiento que se reunirá cada tres meses, solo se ha reunido una vez el 20 de
julio de 2017. Disponiendo del sistema informático adecuado hemos tenido muchas dificultades para poder
localizar la documentación.
Recomienda: establecer
mecanismos de control más eficaces. Un protocolo que facilite el archivo
y que se evite la coexistencia de documentación electrónica y en papel.
3.-Concesión
“zona azul”.
El concesionario no ha
realizado el plan de mantenimiento. No ha realizado el estudio de disciplina viaria. Hay incumplimientos administrativos. No tenemos
evidencia de los ingresos y los gastos.
Recomienda: mecanismos de control más eficaces.
Requerimiento del pago del canon 2010 al 2018 pendiente de 60.625€
4.-Complex
de piscinas cubiertas municipales.
Constata que la Entidad gestora no tiene inmovilizado
en ningún proyecto de explotación. Hace constar varias subvenciones. Se
han realizado inversiones sin el tratamiento adecuado.
Recomienda: cuando se den las condiciones se solicite el
reintegro. Dudas a percibir nuevas subvenciones de capital adicionales. “Veïns
viene reivindicando solución definitiva a un problema histórico”.
Contratos menores. (No analizados)
Durante el año 2018 se han formalizado 203 contratos
menores por un importe económico de
1.415.781€.
5.-Contratos
menores (analizados).
Se han detectado contratos con incumplimientos
graves y muy significativos. No han tenido procedimiento público, se han hecho
adjudicaciones directas no justificadas prescindiendo total y absolutamente del
procedimiento legalmente establecido.
En el año 2018 los expedientes han sido 1.656 con un total de 2.076.690,89€.
En el año 2019
un total de 1,728 expedientes por un total de 3.158.470,15 €.
Recomienda: Nos encontramos delante de un mal endémico
al cual se ha de poner soluciones inmediatas.
Se incumple la Ley con constantes fraccionamientos. Se incumple
la Ley de Transparencia al no existir publicación. Es necesario reconducir esta
situación. En ocho expedientes se ha informado de prórrogas irregulares. (Los
motivos se exponen en informes de intervención).
6.-Control
de la política de personal. (Selección
de expedientes por muestreo)
Se han
seleccionado unos expedientes por muestreo. Se han detectado contratos que han estado
objeto de incumplimientos graves y muy significativos.
El Ayuntamiento no tiene aprobada la relación
de puestos de trabajo, solo consta un catálogo de puestos no actualizado.
Existe un convenio colectivo que excede del
marco legal según informes de intervención. Las primas de jubilación. Se han
estado pagando a pesar de las advertencias de intervención.
Existen contratos de personas sin cumplir los
principios básicos de mérito y capacidad.
La aplicación de complementos salariales no
son los adecuados ni justificados y en
algunos casos tienen retribuciones de superior categoría.
La distribución del complemento de
productividad no tiene vinculación a objetivos medibles.
En un expediente de contrato el informe de la
intervención indica que: “El
procedimiento de selección empleado para la asignación de funciones no se adecua a La legislación
vigente al no haberse garantizado los principios de igualdad, mérito, capacidad
y publicidad en el procedimiento de su selección”. “La resolución de la presente discrepancia es de la
Alcaldía-Presidencia como órgano competente”…”Y todo y así, el trabajador
percibe la retribución.”
Recomendación.
Implantar un sistema de evaluación por
objetivos, claro conciso y medible.
Procesos de selección de
funcionarios/laborales.
Pruebas no adecuadas al puesto a ocupar. Nos
encontramos con un número considerable de casos (exceptuando pruebas de
policías) con temarios no adecuados a las plazas, sobre todo en personal
técnico no así en administrativo.
7.-Procesos de selección en contratos temporales.
Contratos en inadecuada justificación de su necesidad y con frecuencia se
alarga su duración. Acaban asumiendo tareas estructurales más allá del objeto
del programa.
Hemos detectado: que publicando las bases el
24 de julio de 2018, antes de ese día había aspirantes que ya habían entregado
la documentación.
El día 26 de octubre de 2018 un aspirante
adjunta títulos cuando debería haberlos presentado antes de la publicación de
aspirantes.
Se han producido alegaciones de revisión de
pruebas y no constan en el expediente de cómo han finalizado las revisiones.
Bolsas de contratación. Se ha detectado que en
numerosas ocasiones se tramitan los expedientes de nombramientos con
posterioridad a que la persona está prestando el servicio en el Ayuntamiento.
Resoluciones contrarias a las objeciones de
intervención. Se ha comprobado que la
tramitación posterior a la formulación de objeción el departamento de RRHH la
marca como subsanada cuando no ha sido así.
Control financiero de las subvenciones.
Se han analizado expedientes de los años
2018-2019.
El
total de subvenciones concedidas en 2018 fue de 905.643.77€. Las directas sin concurrencia fue de 754.424,07€.
El total de subvenciones concedidas en 2019
fue de 766.830,52€. Las directas sin concurrencia fue de 605.672,95€.
Se han detectado incumplimientos
significativos.
El Ayuntamiento no tiene aprobado el plan
estratégico de subvenciones exigido en el artículo 8 de LGS. (Advertencia en
numerosos informes de la intervención municipal) Es irregular el uso de
concesiones directas de las subvenciones sin acreditar el interés público,
social, económico o humanitario…incumpliendo los principios de publicidad,
concurrencia y objetividad.
Durante el 2018 se ha observado que numerosas
subvenciones directas se tendrían que haber aprobado por el Pleno y se han
hecho por Decreto de la Alcaldía.
Se han detectado expedientes para concesión de
ayudas en el que el periodo de solicitud
comenzó antes de que estuvieran tramitadas las bases de la convocatoria.
En ocasiones no hay informes jurídicos.
Justificación insuficiente de los gastos
subvencionados que no cumplen los requisitos de subvencionalidad.
Recomendaciones.
Se hace necesario aprobar un Plan Estratégico
de Subvenciones así como todas las
subvenciones de concesión directa.
Se recomienda hacer reconstrucción de la política subvencional en el 80% a entidades de subvención directa.
Algunas entidades reciben subvenciones
indirectas en especie, sería necesario conocer
cuáles son y los importes.
Se han concedido subvenciones sin haberse
aprobado bases reguladoras o sin publicación de la convocatoria
Control de eficacia y eficiencia.
Todavía existen informes en papel y en muchos
casos se desconoce quién los custodia y
donde están.
En algunos casos ha sido imposible encontrar
informes jurídicos y/o técnicos.
Muchos expedientes que forman parte de un
conjunto y que derivan unos de otros no
se encuentran como expedientes relacionados, encontradnos con una dificultad
que puede alterar la opinión del órgano de control.
Se ha constatado que muchos expedientes que están finalizados
no han estado cerrados por el responsable del mismo.
Se recuerda que hay que contestar las
instancias de manera más ágil y diligente.
Este informe es objeto de control y ha de
tener un Plan de Acción, elaborado en el término de tres meses, que determine:
Las
medidas de corrección adoptadas.
El responsable de implementarlas.
El calendario de actuaciones a efectuar.
Algunas
notas:
()*1. Una de las primeras tareas del grupo de
Veïns en el año 2015 fue exigir informes económicos sobre las grandes obras y
la gestión de algunos servicios. (escolas bressol, escola de música, estadio de
atletismo). Después de varias reuniones con el responsable de Hacienda, José María Rañé. Llegamos a acuerdos para
definir temas de gestión
concretos y sobre todo una metodología de trabajo que permitiera conocer con
precisión las cuentas del Ayuntamiento. (Ordenanzas fiscales, Liquidación y
Presupuesto…) nuestra insistencia y la decisión política sostenida de Rañé permitieron avanzar también
en otros aparatados de gestión: poner en contradicción alguna forma de gestión: Auditorias sobre la limpieza viaria y los
residuos, cinco campañas de civismo, reparación en la vía pública de los
defectos presentados en las 1.450 instancias. Ese primer cambio pudo
consolidarse y se vio favorecido por el
decreto 424/2017 y la gran tarea que ha
venido realizando la Interventora
Municipal.
()*2.La
Intervención en nuestro Ayuntamiento casi siempre ha sido problemática para el
equipo de gobierno de turno, como no el posibles modificar sus funciones y responsabilidades al ser puestos y plazas de
trabajo de cuerpo nacional, las decisiones han consentido en contratar una Dirección Económica que ha
asumiendo todos los empleados de su departamento. Hay que informar que nuestro
Ayuntamiento lleva años sin la figura de Tesorería.
Si un informe de estas caracteristicas? No acaba con el actual rquipo de gobierno, nada podra privarles de su libre alvedrio fren
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